lunes, 29 de septiembre de 2008


Inmuebles afectados por inundaciones aún no son beneficiados como marca la ley

Lo apuntó el senador Spinozzi en la sesión de este jueves, pidiendo al Gobierno que aplique el instrumento legal ya promulgada.

El senador provincial del Departamento General López, Ricardo Spinozzi, planteó un serio interrogante en la sesión de este jueves en la Cámara de Senadores, refiriéndose a la situación de los inmuebles afectados por los desbordes de las laguna La Picaza y Melincué.

Puntualmente Spinozzi solicitó formalmente al Gobierno provincial que informe "los motivos" por los cuáles "no se reglamentó la Ley 12.811 de condonación de deudas devengadas por impuesto inmobiliario, de los inmuebles afectados por las crecidas de las aguas de las lagunas La Picasa y Melincué, que fuera promulgada con fecha 17 de diciembre de 2007 y que en su artículo 11 dispone su reglamentación dentro de los noventa días desde su promulgación".

El jefe del bloque de senadores del Partido Justicialista explicó a sus pares que la condonación de deudas devengadas por el impuesto inmobiliario de propiedades del departamento General López, en el sur de la Provincia, beneficiará a damnificados por las crecidas de las lagunas La Picasa y Melincué. También apuntó que el Gobernador Hermes Binner promulgó la Ley 12811, por la que se instituye un régimen especial de condonación de deudas devengadas por el inmobiliario de las propiedades afectadas por la crecida de las aguas de las lagunas, desde la inundación y hasta la sanción de la Ley.

"El mencionado instrumento legal puntualiza en su artículo 11 que será reglamentada dentro de los noventa (90) días desde su promulgación, lo que hasta la fecha no ha ocurrido", expresó Spinozzi con preocupación.

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