lunes, 2 de noviembre de 2009

NO HAY SEÑALES DE LA CALIDAD INSTITUCIONAL QUE SE DECLAMABA

Ricardo Spinozzi: “La designacion de Bistoletti no habla muy bien de la calidad institucional que tanto se declamo en la campaña de Binner”.

- “Fue objetado hasta por los propios legisladores del Frente”

El Presidente del bloque de Senadores provinciales del Partido Justicilista, Ricardo Spinozzi, dijo a la prensa que “premiar a un mal juez, como Edgardo Bistoletti, investigado por un extrema morosidad y prescripción de causas penales en el Juzgado a su cargo, renunciante para evitar un jury de enjuiciamiento, sin antecedentes académicos de ningún tipo, sin conocimiento de derecho público, ni compromiso alguno en materia de Derechos Humanos, con múltiples denuncias (aún desde el mismo Frente Progresista) y objeciones en su contra como Defensor del Pueblo, constituyó un acto de baja calidad institucional, tendiente a evitar un genuino control sobre el Poder Ejecutivo”.

“El designado Bistoletti se fue desprestigiado como Juez, y renunció ante la inminencia de la iniciación de un Jury de Enjuiciamiento ante la prescripción de 2.878 causas y ante la inmimencia del juicio por responsabilidad en su contra, el 2 de setiembre presenta su renuncia como juez, con una celeridad asombrosa en dos días solamente se la acepta mediante resolución del 4 de setiembre, al igual que el decreto Nº 1836 del Gobernador del 5 de setiembre que dispone la jubilación del postulante”, expresó el presidente del PJ de Santa Fe.

“Todos los llamados por él mismo “antecedentes” profesionales en realidad NADA tienen que ver con el cargo para el que se postulaba: NO hay ningún estudio de derecho público, nunca publicó ningún artículo de ningún tipo, en ningún posgrado, jamás dio clases de ninguna materia, en ninguna facultad”, indicó Spinozzi.

“El Colegio de Abogados de Rosario, le imputó la incompatibilidad funcional de un juez en ejercicio y la falta de conocimiento específico en materia de derecho administrativo y constitucional. Esto no fue contestado por el postulante, sino que además insólitamente planteó una vez jubilado sería nuevamente abogado de la matrícula. Aunque en realidad esa afirmación es falaz porque la ley provincial Nº 10.727 y sus modificatorias establecen que la edad máxima para jubilarse como abogado son los 65 años de edad, con lo cual Bistoletti no podría ni matricularse siquiera”, destacó el senador por General López.

“Durante la campaña electoral de 2007, Binner habló mucho de calidad institucional y de respeto por la leyes, pero haber elegido al Defensor del Pueblo con solo 30 votos positivos sobre 69 posibles, con la abstención de legisladores del propio Frente Progresista y dándole el cargo a un postulante que no reunía los requisitos mínimos para acceder al mismo, no habla en forma demasiado coherente de aquel discurso público”, finalizó Spinozzi.

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